CAMBIOS EN LA JORNADA NOCTURNA EN COLOMBIA CON LA REFORMA LABORAL – LEY2466 DE 2025
- llanoyherreraconsultores

- 15 ene
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Antes de la promulgación de la reforma laboral, la jornada nocturna en Colombia comprendía el horario entre las 9:00 p. m. y las 6:00 a. m., y las horas laboradas dentro de este periodo debían remunerarse con un recargo del 35% sobre el valor de la hora ordinaria.
Con la entrada en vigencia de la reforma laboral, a partir del 26 de diciembre de 2025, la
jornada nocturna se modifica y pasará a reconocerse desde las 7:00 p. m. hasta las 6:00 a.m., manteniéndose el recargo nocturno del 35 %.
Este cambio implica que cada turno nocturno incorporará dos (2) horas adicionales dentro del horario nocturno (de 7:00 p. m. a 9:00 p. m.), las cuales deberán ser remuneradas con el respectivo recargo.
Gracias por leernos. Para asesoría personalizada o mayor información, pueden escribirnos a través de nuestros canales de contacto. Será un gusto atenderlos.
Llano y herrera consultores legales
Erika Llano Trujillo



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