TASA ESPECIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA CREADA MEDIANTE LA ORDENANZA 50 DE 2024: ¿QUIÉN DEBE ASUMIR SU PAGO?
- llanoyherreraconsultores

- 6 feb
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La tasa especial de seguridad y convivencia ciudadana, fue creada por la asamblea departamental de Antioquia, con el propósito de financiar el fondo de cuenta territorial de seguridad para fomentar la seguridad ciudadana.
¿Quiénes están obligados al pago de la tasa?
Están obligados al pago de la tasa especial de seguridad, todas las personas naturales o jurídicas que sean suscriptores del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el Departamento de Antioquia, y que se encuentre clasificadas en las siguientes categorías:
· Residenciales: Suscritores de energía eléctrica que se encuentren en los estratos 4,5,6 en el departamento de Antioquia.
· Industrial: Suscriptores de energía eléctrica del sector industrial el tope máximo de pago mensual por la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana será el liquidado hasta un consumo de 500.000 kWh al mes.
· comercial y oficial: Suscriptores de energía eléctrica de los sectores Comercial y Oficial, el tope máximo de pago mensual por la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana será el liquidado hasta un consumo de 70.000 kWh al mes.
Responsable del pago:
De conformidad con lo dispuesto en la ordenanza, el responsable del pago de la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana será quien figure como suscriptor o contratante del servicio público domiciliario, es decir, a nombre de quien se expida la factura de servicios públicos.
Recomendaciones:
Si bien la Ordenanza 50 de 2024 establece de manera expresa que el obligado al pago es el suscriptor del servicio público domiciliario, lo anterior no impide que, por acuerdo expreso entre las partes, dicha obligación pueda ser trasladada al arrendatario dentro de un contrato de arrendamiento.
En ese sentido, y con el fin de evitar controversias, se recomienda incluir una cláusula contractual clara y expresa en la que se determine quién asumirá el pago de la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Gracias por leernos. Para asesoría personalizada o mayor información, pueden contactarnos a través de nuestros canales de contacto. Será un gusto atenderlos.
Llano y herrera consultores legales
Erika Llano Trujillo



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